Información Fiscal FACTURACIÓN

Segunda Resolución de Modificaciones a la RESOLUCION MISCELANEA FISCAL 2013 y su anexo 3 (REGLAS PARA LA FACTURACION A PARTIR DEL 1 DE ENERO DEL 2014) Publicado en el diario oficial del 31 de mayo. Referencia publicada en el portal del SAT http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fi scales/default.asp Dice: A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas. A partir de 2014 los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas. Todos los contribuyentes pueden adoptar la facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan. Quienes tengan ingresos menores o iguales a 250 mil pesos, podrán seguir utilizando facturas en papel... ----------------------------------------------------------------------------- Reglas para la Facturación a partir del 2014 El término de la vigencia para el uso de CFD (hasta el 31 de diciembre del 2013) El tope de ingresos para que se puedan emitir comprobantes fiscales con CBB queda en $ 250,000.00 Los contribuyentes que inicien sus actividades a partir del 1 de enero del 2014 deberán utilizar CFDI El artículo 29 del código de la federación continua vigente En la segunda RMRMF siguen vigentes los siguientes artículos I.2.7.1.5 Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales - Los contribuyentes CONTINUAN CON LA NO OBLIGACION de incorporar en los CFDIs, la información relativa a los siguientes requisitos: * Régimen Fiscal * Identificación de vehículos * Número de cuenta predial * Clave vehicular * Forma de pago y los últimos cuatro dígitos de la cuenta o tarjeta I.2.7.1.8 Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales - Tratándose de PRESTACION DE SERVICIOS O DEL OTORGAMIENTO DEL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES, en el comprobante fiscal se podrá señalar la expresión NA o cualquier otra análoga ----------------------------------------------------------------------------- Facturación electrónica CFDI y con códigos bidimensionales ASPEL-SAE La versión vigente es la 5.0 ASPEL-CAJA La versión vigente es la 3.5 ASPEL-FACTURE La versión vigente es la 2.0 (también permite emisión de recibos de honorarios) ----------------------------------------------------------------------------- Requisitos para facturar electrónicamente con CFDI utilizando los sistemas ASPEL - Contratar ASPEL SELLADO CFDI (trámite a través de INFOELE). Para mayor informaicón comuniquese con nosotros - Si no tiene Certificado de Sello Digital, tramitar uno por medio del portal del SAT con la aplicación SOLCEDI (en INFOELE lo podemos apoyar para realizar el trámite correspondiente) - Configurar su sistema ASPEL para utilizar la facturación electrónica con CFDI (INFOELE le brinda el soporte para realizar está configuración) - Diseñar el formato de impresión de la factura (es distinto al que se utiliza con CFD)